Novela

X Premio de Poesía Vicente Nuñez

BASES DE LA CONVOCATORIA DEL X PREMIO DE POESÍA VICENTE NÚÑEZ

Primera .- Podrán presentarse a este concurso poetas de cualquier nacionalidad, siempre que los trabajos presentados estén escritos en castellano.

Segunda .- Se establece un premio de SEIS MIL EUROS (6.000,00 €), cantidad que se imputará a la aplicación 450.3341.48101 del presupuesto para el ejercicio 2010. Dicha dotación estará sujeta a las retenciones fiscales que puedan corresponderle. El premio cubre los derechos de autor de la primera edición.

Tercera .- El premio se otorgará a un libro de poemas inédito de tema libre. El trabajo deberá tener una extensión mínima de cuatrocientos versos.

Cuarta.- Los originales se presentarán, inexcusablemente, por quintuplicado, mecanografiados, en papel tamaño DIN A-4 a dos espacios sólo por el anverso, debidamente encuadernados.

Quinta.- Los trabajos se entregarán sin firmar y sin identificación alguna. En sobre cerrado se detallará el nombre, apellidos, dirección y teléfono del autor y en el exterior del sobre se indicará título del trabajo y lema.

Sexta.- El lugar de presentación será el Registro General de la Diputación de Córdoba (Plaza de Colón, 15) de lunes a viernes en horario de 9.00 a 13.30 horas y los sábados de 10.00 a 13.00 horas. Asimismo, se podrán presentar en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El plazo de presentación de los trabajos comenzará el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de la provincia de Córdoba, y concluirá el día 10 de julio de 2010.

Quienes incumplan con lo dispuesto en los ordinales anteriores será excluidos definitivamente de la Convocatoria.

Finalizado el plazo de solicitudes, se publicará durante el plazo de 10 días, en el Tablón de Anuncios de la Diputación, relación de trabajos presentados por título y lema.

Séptima.- El Jurado será presidido por el Sr. Diputado-Delegado de Cultura de la Diputación de Córdoba, y su composición no se hará pública hasta después de emitido el fallo, que tendrá carácter irrevocable. Del mismo formará parte, con carácter honorífico, el/la Alcalde/Alcaldesa del Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera, localidad natal de Vicente Núñez. Actuará como Secretario del Jurado, con voz y sin voto un funcionario, titulado superior, del Servicio de Administración del Área de Igualdad y Bienestar Social de la Diputación de Córdoba.

Con carácter previo a la reunión del Jurado, y en función del número de trabajos presentados, se podrá constituir una Comisión integrada por personas especializadas con el objeto de llevar a cabo una preselección de los mismos. Esta Comisión será designada a propuesta del Sr. Diputado Delegado de Cultura.

Octava.- Se leerán los trabajos presentados que reúnan los requisitos formales establecidos en esta convocatoria, produciéndose el fallo en consideración del mérito absoluto de los mismos, por lo que podrá declararse desierto el premio.

Novena.- A la vista del fallo del Jurado, el órgano instructor formulará propuesta, indicando expresamente todas las obras presentadas a concurso y, en su caso, las que no se hayan admitido por no reunir los requisitos exigidos en la convocatoria, y expresará el autor para el que se propone la concesión del Premio. Dicha propuesta se elevará al órgano competente para que dicte resolución, que se notificará al ganador para que en un plazo de diez días comunique su aceptación y acredite que reúne los requisitos para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, de acuerdo con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

La resolución será publicada en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia.

Décima.- El trabajo premiado quedará en propiedad de la Diputación de Córdoba, que procederá a su publicación durante el ejercicio de 2011, haciéndose constar en la publicación que se trata del X Premio de Poesía Vicente Núñez correspondiente al año 2010.

Undécima.- Los trabajos no premiados se podrán retirar de la Diputación de Córdoba en el plazo de tres meses, contados a partir de la publicación de la resolución, y previa presentación del recibo extendido por el Registro General o del justificante del certificado de Correos. Pasado este plazo serán destruidos sin posibilidad de reclamación.

Decimosegunda.- Instruirá el procedimiento para la concesión del Premio a que se refiere la presente convocatoria el Servicio de Administración del Área de Igualdad y Desarrollo Social.

La resolución del procedimiento, que pone fin a la vía administrativa, se efectuará mediante Decreto de la Presidencia de la Corporación.

Decimotercera.- El plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento es de seis meses, computados a partir de la finalización del plazo de presentación de trabajos.

Decimocuarta.- El hecho de presentarse a la convocatoria supone la aceptación de las bases por los solicitantes. En lo no regulado por las mismas se estará a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Ordenanza General, y demás disposiciones administrativas que resulten de aplicación.

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